Df 3 Reducción de la pobreza energética

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D.F. 3ª. Publicación y entrada en vigor.

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La presente Ley se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón", y entrará en vigor el día siguiente al de su publicación.

Así lo dispongo a los efectos del artículo 9.1 de la Constitución y los correspondientes del Estatuto de Autonomía de Aragón.

Zaragoza, 3 de noviembre de 2016.

El Presidente del Gobierno de Aragón, JAVIER LAMBÁN MONTAÑÉS