Df 3 Régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo
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Df 3 Régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo

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D.F.3ª.Entrada en vigor.

Vigente

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Esta Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Las disposiciones relativas al Impuesto sobre Sociedades, al Impuesto sobre Bienes Inmuebles y al Impuesto sobre Actividades Económicas surtirán efectos sólo para los períodos impositivos que se inicien a partir de la entrada en vigor de la Ley.

Por tanto, Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.

Madrid, 23 de diciembre de 2002.

JUAN CARLOS R.

El Presidente del Gobierno, JOSÉ MARÍA AZNAR LÓPEZ

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 24-12-2002 en vigor desde 25-12-2002