Df 3 Régimen de las ofertas públicas de adquisición de valores
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»D.F. 3ª. Habilitación normativa.
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Se habilita al Ministro de Economía y Hacienda, y con su habilitación expresa, a la Comisión Nacional del Mercado de Valores a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo, ejecución y cumplimiento de lo previsto en este real decreto.
