Df 3 Régimen al que ha de estar sometida la instalación de las plantas fotovoltaicas flotantes en los embalses situados en el dominio público hidráulico en las cuencas hidrográficas cuya gestión corresponde a la AGE
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»D.F. 3ª. Habilitación para el desarrollo.
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Se habilita a la persona titular del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico para adoptar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de este real decreto.
