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D.F. 3ª. Entrada en vigor.

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El presente real decreto entrará en vigor a los nueve meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 2 de febrero de 2007.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Sanidad y Consumo, ELENA SALGADO MÉNDEZ

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 15-02-2007 en vigor desde 15-11-2007