Df 3 Reglamento de inspeccion aeronautica
- Con efectos de 20 de octubre de 2025, se derogan todas las referencias a los dictámenes técnicos contenidas en el presente Reglamento. - Ley 8/2025, de 29 de septiembre, por la que se modifican la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea, y la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea.
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»D.F. 3ª. Entrada en vigor.
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Copiloto jurídico
Este real decreto entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 6 de febrero de 2009.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Fomento,
MAGDALENA ÁLVAREZ ARZA
