Df 3 Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo del Cuerpo de la Policía Foral de Navarra
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»D.F. 3ª.
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El presente Decreto Foral entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
No obstante, las referencias a la situación de segunda actividad, contempladas en este Decreto Foral, serán efectivas una vez se reglamenten los supuestos por los que se pase a desempeñar puestos de trabajo reservados a segunda actividad.
Pamplona, veinticinco de marzo de dos mil dos.-El Presidente del Gobierno de Navarra, Miguel Sanz Sesma.- El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Rafael Gurrea Induráin.
