Df 3 Reglamento de Vías P... Andalucía

Df 3 Reglamento de Vías Pecuarias de Andalucía

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D.F. 3ª. Entrada en vigor.

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El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 21 de julio de 1998

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

GASPAR ZARRIAS AREVALO

Consejero de la Presidencia