Df 3 se regula el anticipo de pago presupuestario por ayudas a entidades locales especialmente afectadas por fenómenos naturales adversos u otros supuestos de emergencia, y se modifican otras disposiciones normativas
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»D.F. 3ª. Modificación de normas reglamentarias.
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Las determinaciones incluidas en la norma reglamentaria que es objeto de modificación en el presente decreto-ley podrán ser modificadas por la norma del rango reglamentario correspondiente, de conformidad con lo previsto en el artículo 44 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
