Df 3 Salud de Murcia
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»D.F. 3ª.
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La presente Ley entrará en vigor el 1 de enero de 1995.
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley que la cumplan y a los Tribunales y autoridades que correspondan que la hagan cumplir.
Murcia, 26 de julio de 1994.
MARÍA ANTONIA MARTÍNEZ GARCÍA,
Presidenta
