Df 3 Sistema de financiación definitivo de los Consejos Insulares
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»D.F. 3ª. Entrada en vigor
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La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears, sin perjuicio de que produzca efectos desde el 1 de enero de 2014.
Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos guarden esta Ley y que los Tribunales y las Autoridades a los que corresponda la hagan guardar.
Palma, 17 de junio de 2014
El presidente,
José Ramón Bauzá Díaz
