Df 3 Sociedades cooperativas extremeñas
Ver Indice
»D.F. 3ª. Desarrollo reglamentario.
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, a propuesta de la persona titular de la Consejería competente en materia de sociedades cooperativas, dictará las normas necesarias para la aplicación y desarrollo de la presente ley en el plazo de seis meses desde su entrada en vigor.
