Df 3 Subvenciones para el empleo y la formación profesional ocupacional
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»D.F. 3ª. Entrada en vigor.
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El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 24 de marzo de 2006.
JUAN CARLOS R. El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales,
JESÚS CALDERA SÁNCHEZCAPITÁN
