Df 3 Tasas y precios públicos de Aragón
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»DISPOSICIÓN FINAL TERCERA. Remisión al desarrollo reglamentario por el Gobierno de Aragón.
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(DEROGADO)
1. El Gobierno de Aragón, a propuesta del Consejero competente en materia de Hacienda, aprobará mediante Decreto, las disposiciones reglamentarias necesarias para el desarrollo de la presente Ley y, en particular, las relativas a los distintos procedimientos de gestión, liquidación, recaudación, inspección y revisión de sus propias tasas.
2.
Modificaciones
- Artículo modificado (Disposición final tercera (apdo. 2)) por LEY 10/2012, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón.
(AR de 31-12-2012) en vigor desde 01-01-2013
