Df 3 Tratados y otros Acuerdos Internacionales
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»D.F. 3ª. Desarrollo normativo.
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Se autoriza al Gobierno y a los titulares de los departamentos ministeriales, en los ámbitos de sus respectivas competencias, a dictar las disposiciones que resulten necesarias para el adecuado desarrollo de lo establecido en la presente Ley.
