Df 3 Voluntariado de Madrid

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D.F. 3ª. Entrada en vigor

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La presente ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, debiendo ser publicada en el Boletín Oficial del Estado .

Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley que la cumplan, y a los Tribunales y Autoridades que corresponda, la guarden y la hagan guardar.

Madrid, a 24 de febrero de 2015.

El Presidente, IGNACIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ

(03/6.085/15)