Df 4 Acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.F. 4ª. Modificación del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica y el procedimiento de despacho en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares.
Vigente
Se modifica el párrafo c) del apartado 1 del artículo 72, que queda redactado como sigue:
«c) Una vez realizado lo anterior, el operador del sistema liquidará el resto de ingresos entre las instalaciones de producción que tengan reconocido un régimen retributivo adicional o específico proporcionalmente a su energía generada medida en barras de central, con la limitación de ingresos correspondientes a los conceptos de los párrafos a) y c) del artículo 7.1 o, en su caso, los párrafos a) y c) de la disposición adicional décima.1 para las instalaciones con régimen retributivo específico.»
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-2020 en vigor desde 31-12-2020