Df 4 Agraria de I. Balears
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»D.F. 4ª. Desarrollo reglamentario
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Se autoriza al Consejo de Gobierno de la comunidad autónoma de las Illes Balears y a los consejos insulares, en los ámbitos competenciales respectivos, para dictar las disposiciones reglamentarias necesarias para el desarrollo y la ejecución de esta ley.
