Df 4 Condiciones de aplicación de disposiciones de la UE en materia de higiene d...oductos alimenticios
Df 4 Condiciones de aplicación de disposiciones de la UE en materia de higiene de la producción y comercialización de productos alimenticios
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»D.F. 4ª. Título competencial.
Vigente
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.16.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación general de la sanidad.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 10-12-2020 en vigor desde 11-12-2020