Df 4 Condiciones de seguridad de las actividades de buceo
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»D.F. 4ª. Entrada en vigor.
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El presente real decreto entrará en vigor, una vez publicado en el «Boletín Oficial del Estado», el 1 de julio de 2020.
Dado en Madrid, el 2 de junio de 2020.
FELIPE R.
El Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana,
JOSÉ LUIS ÁBALOS MECO
