Df 4 Educación de I Balears

Df 4 Educación de I. Balears

Ver Indice
»

D.F. 4ª. Regulación de otros profesionales educativos

Vigente

El Gobierno de las Illes Balears determinará lo establecido en el artículo 61.4 de esta ley en un plazo de seis años desde la entrada en vigor de esta ley.