Df 4 Establece las condiciones para la adaptación de los requisitos higiénico-sanitarios de diversos ámbitos de la producción agroalimentaria
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»D.F. 4ª.- Entrada en vigor.
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El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 17 de mayo de 2016.
El Lehendakari,
IÑIGO URKULLU RENTERIA.
La Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad,
MARÍA ARANZAZU TAPIA OTAEGUI.
El Consejero de Salud,
JON DARPÓN SIERRA.
