Df 4 Se establece la deduccion por nacimiento o adopcion en el IRPF y la prestacion economica de pago unico de la Seguridad Social por nacimiento o adopcion
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»D.F. 4ª. Entrada en vigor.
Vigente
La presente Ley entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial, del Estado».
Por tanto, Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley.
Madrid, 15 de noviembre de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Presidente del Gobierno, JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ ZAPATERO

