Df 4 Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social
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»D.F. 4ª. Texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado.
Vigente
Se autoriza al Gobierno para que, en el plazo de un año a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, proceda a la elaboración de un nuevo texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado que regularice, aclare y armonice el texto refundido aprobado por Real Decreto legislativo 670/1987, de 30 de abril, y sus modificaciones posteriores, con las disposiciones que hayan incidido en el Régimen de clases pasivas del Estado contenidas en normas con rango de Ley.
(NOTA: Se prorroga durante 2004 la autorización al Gobierno contenida en la presente disposición)
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social.
(BOE de 31-12-2003) en vigor desde 01-01-2004