Df 4 Medidas Urgentes para el Impulso de la Actividad Económica y la Modernización de la Administración de la Comunidad de Madrid
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»D.F. 4ª. Habilitación normativa en materia de sanidad
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1. (Derogado).
2. Se habilita al titular de la Consejería competente en materia de sanidad para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la aplicación de lo dispuesto en artículo cuarenta de esta Ley.
3. Se autoriza a la Consejería competente en materia de hacienda para realizar las modificaciones presupuestarias y cuantas otras operaciones de carácter financiero y presupuestario sean precisas para la puesta en funcionamiento de la Agencia de Contratación Sanitaria de la Comunidad de Madrid.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.F. 4.ª (apdo. 1 se deroga)) por Ley 16/2023, de 27 de diciembre, de medidas para la simplificación y mejora de la eficacia de instituciones y organismos de la Comunidad de Madrid
(M de 29-12-2023) en vigor desde 30-12-2023
