Df 4 Modificación de la Ley de Presupuestos para el año 2012, y de medidas urgentes de racionalización del gasto público e impulso y agilización de la actividad económica
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»D.F. 4ª. Efectividad de las medidas de minoración retributiva
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Las medidas de minoración retributiva previstas en los Títulos II y III tendrán efectividad desde el día de la entrada en vigor de la presente ley y se aplicarán en la nómina del mes correspondiente a la referida entrada en vigor o, si ello no fuera posible en atención a lo previsto en la Orden de 12 de enero de 2002, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el calendario de elaboración y gestión de las nóminas del personal al servicio de la Comunidad de Madrid, en la nómina correspondiente al mes siguiente.
