Df 4 Normas para la Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas y modificación del PGC y del PGC-PYMES
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»D.F. 4ª. Entrada en vigor.
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El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y será de aplicación a las cuentas anuales individuales y consolidadas de los ejercicios que se inicien a partir del 1 de enero de 2010.
Dado en Madrid, el 17 de septiembre de 2010.
JUAN CARLOS R.
La Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Economía y Hacienda,
ELENA SALGADO MÉNDEZ
