Df 4 Normas de homologación de cursos de formación y de acreditación de entidades de formación, de cuidadores y manipuladores de animales, de adiestradores de animales de compañía y de animales potencialmente peligrosos
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»D.F. 4ª. Habilitación sobre el personal que trabaje con animales de experimentación.
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Por orden del Consejero competente en materia de bienestar y protección animal, de conformidad con la normativa básica estatal, se aprobará la regulación necesaria para el control y habilitación del personal que trabaje con animales de experimentación.
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Zaragoza, 16 de diciembre de 2008.
El Presidente del Gobierno de Aragón, MARCELINO IGLESIAS RICOU
El Consejero de Agricultura y Alimentación,
GONZALO ARGUILÉ LAGUARTA
Modificaciones
- Artículo modificado (D.F. 4ª (se añade)) por DECRETO 141/2017, de 5 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el decreto 239/2008, de 16 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las normas de homologación de los cursos de formación y las de acreditación de las entidades de formación, de los cuidadores y manipuladores de animales, de los adiestradores de los animales de compañía y de los animales potencialmente peligrosos.
(AR de 14-09-2017) en vigor desde 15-09-2017
