Df 4 del Presupuesto para el año 2013 de la Comunidad Autónoma de Andalucía
D.F. 4ª. Modificación de la Ley 12/2010, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2011.
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Se modifica la disposición adicional octava de la Ley 12/2010, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2011, que queda redactada de la siguiente forma:
«Octava. Fondo para el fomento y la promoción del trabajo autónomo.
1. Se crea el Fondo para el fomento y la promoción del trabajo autónomo, al objeto de facilitar la financiación de las actuaciones realizadas en esta materia.
2. El Fondo para el fomento y promoción del trabajo autónomo tendrá una dotación para operaciones financieras, que se aportará por la Consejería a la que está adscrito el Fondo.
3. El Fondo, carente de personalidad jurídica, ajustará su régimen a lo establecido en el artículo 5.3 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, y estará adscrito a la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.
4. El presupuesto del Fondo para el ejercicio 2011, una vez aprobado por el órgano que tenga atribuida tal potestad, se enviará a la Consejería de Hacienda y Administración Pública para que esta compruebe su adecuación a las previsiones presupuestarias y, sin más trámite, lo remita a la Comisión de Hacienda y Administración Pública del Parlamento de Andalucía para su conocimiento».
