Df 4 Presupuestos 2018 Extremadura

Df 4 Presupuestos 2018 Extremadura

  • Quedan derogados los aspectos sustantivos de esta norma en todo aquello que se oponga o resulte incompatible con la Ley 2/2019, de 22 de enero, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2019.
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D.F. 4ª. Entrada en vigor.

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La presente ley entrará en vigor el día 1 de enero de 2018 salvo los siguientes preceptos:

a) La disposición adicional primera, relativa a las tasas y precios públicos, entrará en vigor al día siguiente de la publicación de esta ley en el Diario Oficial de Extremadura.

b) La disposición adicional segunda. Dos, relativa a la bonificación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, entrará en vigor al día siguiente de la publicación de esta ley en el Diario Oficial de Extremadura.

Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos, que sea de aplicación esta ley, que cooperen a su cumplimiento y a los Tribunales y Autoridades que corresponda la hagan cumplir.

En Mérida, a 23 de enero de 2018.

El Presidente de la Junta de Extremadura,

GUILLERMO FERNÁNDEZ VARA