Df 4 Presupuestos Generales para 2022 de Extremadura
- Quedan derogados los aspectos sustantivos de la presente Ley en todo aquello que se opongan o resulten incompatible con la Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023. - LEY 6/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023.
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»D.F. 4ª. Entrada en vigor.
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La presente ley entrará en vigor el día 1 de enero de 2022.
Por tanto, ordeno a quienes sea de aplicación esta ley, que cooperen a su cumplimiento y a los tribunales y autoridades que corresponda la hagan cumplir.
Mérida, 30 de diciembre de 2021.
El Presidente de la Junta de Extremadura
GUILLERMO FERNÁNDEZ VARA
