Df 4 Presupuestos Generales para el año 2026 de Navarra
D.F. 4ª. Modificación del Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto.
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Uno.-Se modifica el párrafo primero de la disposición adicional vigésima sexta, que queda redactado en los siguientes términos:
"El personal empleado público podrá disfrutar de un permiso parental para el cuidado de hijo, hija o menor acogido por tiempo superior a un año, hasta el momento en que el menor cumpla ocho años. Tendrá una duración no superior a ocho semanas, continuas o discontinuas, podrá disfrutarse a tiempo completo, o en régimen de jornada a tiempo parcial, cuando las necesidades del servicio lo permitan y conforme a los términos que reglamentariamente se establezcan. Este permiso no tendrá carácter retribuido".
Dos.-Se añade una disposición adicional trigésima, con la siguiente redacción:
"Disposición adicional trigésima.-Permiso retribuido para la donación de órganos.
Se concederá al personal empleado público un permiso retribuido por el tiempo indispensable para la realización de los actos preparatorios de la donación de órganos o tejidos, siempre que deban tener lugar dentro de la jornada de trabajo".
