Df 4 Rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas
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»D.F. 4ª. Modificación de la Ley 84/1978, de 28 de diciembre, por la que se regula la tasa por expedición del Documento Nacional de Identidad.
Vigente
El número 2 del artículo 4 de la Ley 84/1978, de 28 de diciembre, queda redactado como sigue:
«Quienes hubieran de renovar preceptivamente su documento durante el plazo de vigencia del mismo, por cambio de domicilio o de datos filiatorios, o por cualquier circunstancia no imputable al interesado.»
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 16-03-2007 en vigor desde 17-03-2007