Df 4 Reforma de la Ley 6/2015, de Vivienda
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»D.F. 4ª. Entrada en vigor
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La presente ley entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley, que la cumplan y a los Tribunales y Autoridades que corresponda que la hagan cumplir.
Murcia, a 7 de junio de 2016.-El Presidente, Pedro Antonio Sánchez López
NPE: A-150616-5270
Modificaciones
- Modificación realizada (Se corrige la firma) por Corrección de errores de la Ley 10/2016, de 7 de junio, de reforma de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, de la Vivienda de la Región de Murcia, y de la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia.
(MU de 17-06-2016) en vigor desde 15-09-2016
