Df 4 régimen especial de Arán
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»D.F. 4ª. Desarrollo
Vigente
Sin perjuicio de lo que establece el artículo 49, se autoriza al Gobierno de la Generalidad para que dicte las disposiciones necesarias para el desarrollo de la presente ley.
Sin perjuicio de lo que establece el artículo 49, se autoriza al Gobierno de la Generalidad para que dicte las disposiciones necesarias para el desarrollo de la presente ley.