Df 4 se regula el anticipo de pago presupuestario por ayudas a entidades locales especialmente afectadas por fenómenos naturales adversos u otros supuestos de emergencia, y se modifican otras disposiciones normativas
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»D.F. 4ª. Desarrollo y ejecución.
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Se autoriza a las personas titulares de las Consejerías con competencias en materia de Protección Civil, Hacienda, Administración Pública y Administración Local, para dictar las disposiciones que sean necesarias en desarrollo y ejecución del presente decreto-ley.
