Df 4 Regulación del estatuto de los cargos públicos del Gobierno y la Administración
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»D.F. 4ª. Entrada en vigor.
Vigente
La presente ley entrará en vigor a los tres meses desde su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos, que sea de aplicación esta ley, que cooperen a su cumplimiento y a los Tribunales y Autoridades que corresponda la hagan cumplir.
Mérida, a 18 de febrero de 2014.
El Presidente de la Junta de Extremadura, JOSÉ ANTONIO MONAGO TERRAZA
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 21-02-2014 en vigor desde 21-05-2014