Df 4 Se regulan las exigencias de seguridad del material eléctrico destinado a ser utilizado en determinados límites de tensión
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»D.F. 4ª. Autorización para la modificación de los anexos.
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Asimismo, se autoriza al Ministro de Industria, Energía y Turismo para actualizar mediante orden el contenido de los anexos de este real decreto, con objeto de mantenerlo permanentemente adaptado al progreso de la técnica, así como a las normas del derecho de la Unión Europea o de otros organismos internacionales.
