Df 4 TR. de las Disposiciones Legales de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado
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»D.F. 4ª. Entrada en vigor de los mínimos por descendientes
Vigente
Los mínimos por descendientes contemplados en el artículo 2 de esta Ley entrarán en vigor cuando lo haga la Ley de Régimen de cesión de tributos del Estado a la Comunidad de Madrid y de fijación del alcance y condiciones de dicha cesión, si bien surtirán efectos desde 1 de enero de 2010.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-10-2010 en vigor desde 26-10-2010