Df 4 Turismo
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»D.F. 4ª. Señalización turística.
Vigente
1. Se determinará reglamentariamente la señalización turística que deberá ser utilizada por las Administraciones públicas en Aragón y por los empresarios turísticos para identificar e informar sobre los recursos y los establecimientos turísticos.
2. (Derogado)
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY 3/2010, de 7 de junio, por la que se modifica parcialmente la Ley 6/2003, de 27 de febrero, del Turismo de Aragon.
(BOA de 21-06-2010) en vigor desde 22-06-2010