Df 5 Adaptación del Código civil a la reforma de modificación judicial de capacidad
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»D.F. 5ª. Entrada en vigor
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Este Decreto ley entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
Por lo tanto, ordeno que todos los ciudadanos a los que se aplique este Decreto ley cooperen a cumplirlo y que los tribunales y las autoridades a quienes corresponda lo hagan cumplir.
Barcelona, 31 de agosto de 2021
Pere Aragonès i Garcia
Presidente de la Generalitat de Catalunya
Lourdes Ciuró i Buldó
Consejera de Justicia

