Df 5 Aguas de La Mancha

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D.F. 5ª. Entrada en vigor.

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La presente ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. No obstante, los artículos referidos al canon DMA entrarán en vigor a los seis meses, salvo los supuestos de pérdidas en las redes de abastecimiento previstos en el artículo 44.1 que entrarán en vigor a los cuatro años de la entrada en vigor de esta ley.

Toledo, 18 de febrero de 2022

El Presidente

EMILIANO GARCÍA-PAGE SÁNCHEZ