Df 5 Asistencia Juridica a la Generalitat
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»D.F. 5ª.
Vigente
Esta ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos, tribunales, autoridades y poderes públicos a los que corresponda, observen y hagan cumplir esta ley.
Valencia, 9 de diciembre de 2005. El president de la Generalitat, FRANCISCO CAMPS ORTIZ
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 12-12-2005 en vigor desde 13-12-2005