Df 5 Conservación de recursos genéticos forestales y de flora silvestre
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D.F. 5ª. Entrada en vigor.

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El presente real decreto entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 1 de marzo de 2022.

FELIPE R.

La Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico,

TERESA RIBERA RODRÍGUEZ

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 10-03-2022 en vigor desde 30-03-2022