Df 5 Ley Orgánica del Tribunal del Jurado
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D.F. 5ª. Entrada en vigor.

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La presente Ley Orgánica entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», con excepción de lo prevenido en su capítulo II y en su disposición transitoria tercera, que entrará en vigor a los dos meses de dicha publicación.

Por tanto,

Mando a todos los españoles, particulares y autoridades que guarden y hagan guardar esta Ley Orgánica.

Madrid, 22 de mayo de 1995.

JUAN CARLOS R.

El Presidente del Gobierno,

FELIPE GONZALEZ MARQUEZ

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-05-1995 en vigor desde 23-11-1995