Df 5 Medidas financieras 2009 C León

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D.F. 5ª. Modificación de la Ley de Montes de Castilla y León.

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Se modifica el apartado 1 de la disposición adicional sexta de la Ley 3/2009, de 6 de abril, de Montes de Castilla y León, que queda redactado del siguiente modo:

«1. Los aprovechamientos de cultivo agrícola en montes catalogados de utilidad pública legalmente existentes a la entrada en vigor de esta Ley en los que concurran las circunstancias sociales que motivaron su existencia, serán prorrogados a la finalización del contrato correspondiente por la consejería competente en materia de montes previa petición de la entidad propietaria por periodos sucesivos de quince años.»