Df 5 Modificación de impuestos y medidas tributarias
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D.F. 5ª.- Entrada en vigor.

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La presente ley foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, con los efectos en ella previstos.

Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, promulgo, en nombre de S.M. el Rey, esta ley foral, ordeno su inmediata publicación en el Boletín Oficial de Navarra y su remisión al Boletín Oficial del Estado y mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.

Pamplona, 29 de diciembre de 2021.- El vicepresidente primero en sustitución de la presidenta de la Comunidad Foral de Navarra, Javier Remírez Apesteguía.

Código del anuncio: F2118366

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2021 en vigor desde 01-01-2022