Df 5 Ordenacion del Territorio y Urbanismo
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»DISPOSICIÓN FINAL QUINTA. Publicación y entrada en vigor.
Vigente
1. La presente Ley se publicará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 del Estatuto de Autonomía, en el Boletín Oficial de La Rioja y en el Boletín Oficial del Estado.
2. La presente Ley entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos cumplan y cooperen al cumplimiento de la presente Ley y a los Tribunales y Autoridades la hagan cumplir.
En Logroño, a 2 de mayo de 2006.
El Presidente,
Pedro Sanz Alonso.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 04-05-2006 en vigor desde 04-11-2006