Df 5 Responsabilidad civil por daños nucleares o producidos por materiales radiactivos
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»D.F. 5ª. Franquicia.
Vigente
El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio con objeto de facilitar la contratación entre las partes podrá establecer, mediante orden, una franquicia a cargo del asegurado con relación a los riesgos por daño nuclear cubiertos por las entidades de seguro y en función de las circunstancias del mercado que en cada momento concurran.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-05-2011 en vigor desde 29-05-2011