Df 5 TR. de las Disposiciones Legales de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado
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»D.F. 5ª. Deducción por nacimiento o adopción de hijos
Vigente
La deducción por nacimiento o adopción de hijos regulada en el artículo 4 de este Texto Refundido, en la regulación vigente desde el 1 de enero de 2023, será aplicable a los hijos nacidos o adoptados a partir de dicha fecha.
(03/40.219/10)
Modificaciones
- Modificación realizada (D.F. 5ª) por Ley 3/2023, de 16 de marzo, por la que se modifica el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de octubre, para la adopción de medidas fiscales dirigidas a la protección a la maternidad y paternidad y de fomento de la natalidad y la conciliación
(BOCM de 23-03-2023) en vigor desde 01-01-2023 - Artículo modificado por LEY 12/2017, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2018.
(BOCM de 28-12-2017) en vigor desde 01-01-2018